Encuestas Jurídicas
¿Es posible la ejecución provisional de una sentencia que condene al otorgamiento de la escritura pública de una compraventa?
¿A qué Juzgado se atribuye la competencia territorial para la elevación de un contrato de compraventa a escritura pública: domicilio del demandado (art. 51) o lugar de la finca (art. 52.1.1.º)? Y en estos casos, ¿cuál debe ser la cuantía a reflejar en la demanda?
Consultas
Ejecución de sentencia otorgamiento escritura compraventa por el vendedor demandado
Elevación a escritura pública de un contrato de compraventa entre dos cónyuges que al momento de la firma estaban en régimen de separación de bienes
Elevación a escritura pública de compraventa en la que el vendedor reside en Holanda y no es posible su localización
Elevación a escritura pública del contrato de compraventa y pago del precio restante
Elevación a escritura pública de un contrato privado de compraventa, reclamación del pago del resto del precio y recibos de IBI
Cuantía en elevación a escritura pública
Plazo de prescripción para la elevación a escritura pública de un contrato de compraventa
Imprescriptibilidad de la acción para exigir la elevación a escritura pública de un contrato de compraventa
Jurisprudencia
Resolución del contrato por falta de elevación a escritura pública
Procede
Resolución del contrato ante la negativa del vendedor a otorgar la escritura pública que fue fijada como una obligación esencial y con carácter resolutorio
La imposibilidad escriturar la compraventa de una finca solo da lugar a la resolución del contrato si se ha previsto expresamente tal incumplimiento como condición resolutoria expresa
La elevación del contrato a escritura pública por el comprador debe ser considerada, en el caso litigioso, como una obligación esencial, pues pendiente de ella, está la obligación de pago el veinticinco por ciento del precio de la venta
La elevación a público del contrato de compraventa es un requisito esencial, más aún si se pacta que una parte del precio se abonaría en ese momento
No procede
El incumplimiento de la obligación de elevar a escritura pública el contrato de compraventa celebrado, conforme a lo dispuesto por el art. 1280 CC, no es causa directa de resolución contractual al amparo del art. 1124. Doctrina Jurisprudencial
La imposibilidad escriturar la compraventa de una finca solo da lugar a la resolución del contrato si se ha previsto expresamente tal incumplimiento como condición resolutoria expresa
La elevación a escritura pública no fue establecida en el contrato como una especial obligación de los vendedores y al no haber sido instados para ello por los compradores, no existe un incumplimiento de aquellos que justifique el impago del precio
La elevación a escritura pública del contrato de cesión del terreno no puede ser considerada como condición para la validez del negocio jurídico, ni su falta puede dar lugar a la resolución
El otorgamiento de la escritura pública no es un requisito esencial para la transmisión de la propiedad cuando el objeto es un bien inmueble, siendo válido y teniendo efectos traslativos la compraventa en documento privado, si existe tradición
La falta de otorgamiento de la escritura pública no es causa de resolución del contrato cuando ya ha sido además entregada, pues la consecuencia es que las partes pueden compelerse a materializar la misma
Obligación de elevación
Vendedor
El pago del precio pactado por la compradora comporta la obligación del vendedor de proceder a la elevación a público del mismo
Quedando acreditado que las partes no firmaron un contrato de arrendamiento, sino de compraventa con precio aplazado, hay obligación del vendedor de otorgar la correspondiente escritura pública al respecto
Obligación de la parte vendedora de otorgar la escritura de compraventa de la finca litigiosa ante la solicitud de la parte compradora
Obligación de la vendedora de elevar a público del contrato privado de compraventa, al quedar probado que el actor fue el adquiriente de la vivienda, si bien, la vivienda inicialmente que se le asignó fue cambiada posteriormente por otra
Obligación del demandado de elevar a escritura pública los contratos privados de compraventa, sin que en ninguno de ellos se haya hecho referencia a la invocada reserva del derecho de plantación a favor del vendedor
El comprador está legitimado para solicitar a los vendedores anteriores al que le transmite el dominio la elevación a escritura pública e inscripción en el Registro de las respectivas transmisiones
Herederos
Los herederos están obligados a elevar a escritura pública los contratos privados de compraventa concertados como vendedor por su causante
El otorgamiento de la escritura pública del contrato privado de compraventa otorgado por el causante o el hacer frente a la resolución, es una obligación que corresponde a sus herederos
Cabe ejercitar acción reclamando elevar la compraventa a escritura pública contra los ignorados herederos del vendedor, teniendo estos legitimación pasiva
Falta de legitimación pasiva de la demandada para otorgar la escritura pública de compraventa de una finca al no que quedar probado que fuera propiedad de su madre fallecida por haberla heredado tras el fallecimiento de su esposo
El demandado es el heredero único y universal del vendedor, y está obligado a elevar a escritura pública el contrato de compraventa solicitado por el comprador
Legitimación para instar la elevación a escritura pública
Quien se adjudica el inmueble en subasta no está legitimado para solicitar que se obligue al inicial propietario a otorgar la escritura de compraventa sobre dicho inmueble
La falta de pago del segundo plazo del precio no es obstáculo ni impide la facultad del comprador para solicitar la elevación a escritura pública del contrato de compraventa, momento en el que se debía hacer efectivo el resto del precio
La comunera tiene legitimación activa para solicitar la elevación a público del contrato de compraventa al no haberse disuelto la comunidad de bienes por no haberse escriturado la donación del otro comunero a su cuota de propiedad
Derecho de los compradores a elevar a escritura pública el contrato de segregación y venta de una parcela vendida en documento privado, al ser reconocida la validez del negocio jurídico tras el allanamiento de los demandados
Las partes firmaron un contrato de compraventa que contaba con todos los requisitos para su validez, que fue sustituido por uno posterior en lo que único que variaba era la forma de pago, lo que legitima al actor para solicitar su elevación a público
Legitimación tanto del vendedor como del actual adquiriente para solicitar la elevación a escritura pública del anterior contrato de compraventa a los causahabientes del anterior vendedor
Plazo de prescripción
No se pueda exigir la elevación a escritura pública de un contrato para obtener de un modo indirecto el cumplimiento de las obligaciones cuando la acción para su reclamación está prescrita por haber transcurrido más de quince años
Obligación de elevación a escritura pública del contrato de compraventa suscrito para la adquisición del terreno, habiendo concurrido todos los requisitos para la validez y eficacia de la misma y sin que dicha facultad prescriba
Existencia de numerosas reclamaciones a los vendedores para la elevación a escritura pública del contrato, así como falta de alteración de los derechos ya adquiridos, que puedan lugar a la prescripción de la acción
Una vez pagado el precio y estando el comprador en posesión de la vivienda, no está sujeta a prescripción la acción para exigir que se eleve el contrato a escritura pública
El que no prescriba la pretensión de elevación a escritura pública de un documento privado conduce a condenar a los demandados a llevar a cabo los trámites precisos para elevar a escritura pública el documento privado
Una vez consumado el contrato, habrá de reconocerse la legitimación del actor para obtener el otorgamiento de escritura, con rechazo de la excepción de prescripción
La elevación a escritura pública del contrato de compraventa litigioso no permite entender este plazo como un requisito ad solemnitatem por lo que no puede hablarse de que el plazo que indica sea de prescripción
Registro de la Propiedad
La demanda de elevación a escritura pública de la compraventa se dirigió contra la herencia yacente del vendedor, emplazada mediante edictos y declarada en rebeldía, faltando la suficiencia de legitimación pasiva o designación de un administrador
Salvaguarda del principio de tutela judicial efectiva al haber intervenido en el proceso en el que se solicita la elevación a público del contrato de compraventa, la hija de los titulares registrales y vendedores ya fallecidos
Para otorgar la escritura pública de un contrato cuando el vendedor ha fallecido, deber comparecer tanto la hija designada como heredera universal, como el otro hijo al que se le atribuye exclusivamente la legítima estricta por título de legado
La LEC no dispone la inscripción directa de los documentos presentados, sino que la nueva forma de ejecución procesal permite al demandante otorgar la escritura de elevación a público del documento privado compareciendo ante Notario
No es inscribible el mandamiento judicial de elevación a escritura pública de un contrato privado de compraventa suscrito verbalmente, al no conocerse el contenido del documento privado ni establecerse el mismo en la sentencia
Competencia
La acción de elevar a escritura pública un contrato de compraventa, no está sujeta a fuero imperativo alguno, por lo que la competencia territorial le corresponde al Juzgado del domicilio del demandado, según el art. 50 LEC
Validez de compraventa y elevación a escritura. No viniendo fijada la competencia territorial por reglas imperativas no procedía el examen de oficio
No existe falta de jurisdicción por incompetencia territorial porque aunque el bien inmueble está sito fuera de la jurisdicción de Barcelona, la acción ejercitada es una acción personal