Píldora formativa
Autor: Ana Canturiense Santos. Redacción Jurídica de Sepín Familia y Sucesiones
Publicación: 6 / 2022
Editorial: SEPIN
Referencia: 7483
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De todas las circunstancias que deben tenerse en cuenta a la hora de establecer el sistema de guarda y custodia de los menores, el art. 233-11 CCCat., en su apdo. 2, señala expresamente: "no pueden separarse los hermanos, salvo que las circunstancias lo justifiquen", aunque no especifica si debe valorarse que los hermanos sean mayores de edad o si tras la ruptura de la convivencia existen hermanos de vínculo sencillo. Así, analizamos en esta píldora las diferentes respuestas que ha dado la jurisprudencia de tribunales catalanes ante las situaciones que se les han planteado en la práctica.