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Revista · Septiembre 2016

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  •   Repercusión de obras en contratos anteriores a 9 de mayo de 1985 y necesidad de pacto 

    Analizamos la facultad del arrendador para repercutir los importes por obras según D.T.Segunda, apdo.10, 3 de la LAU 29/94 en los arrendamientos anteriores al 9 de mayo de 1985, considerando el cambio que ha supuesto la STS 21 de mayo de 2009, que fija doctrina jurisprudencial, limitando tal posibilidad en los posteriores al 1 de julio de 1964 al existir libertad de pacto.

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