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Revista · Octubre 2021

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  •   Revisión de precios en la contratación pública 

    En la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público se acomodan las normas correspondientes a la revisión de precios en los contratos públicos, a lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, de manera que la revisión de precios no se hará con índices generales, sino en función de índices específicos, que operarán a través de fórmulas que reflejen los componentes de coste de la prestación contratada. Analizamos en esta guía, entre otras cuestiones, qué tipo de contratos públicos están sujetos a revisión de precios, en qué consiste la fórmula de revisión, qué criterios se siguen a la hora de establecer los índices aplicables, cómo se justifica la revisión de precios en los pliegos, qué limite temporal tienen las revisiones de precios, o cuando estamos ante un desequilibrio económico financiero.

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